Comentarios al Proyecto de Ley de Cooperación Internacional (version en español)
Hay varios aspectos del Proyecto de Ley de Cooperación Internacional que son preocupantes. De punto de vista de un extranjero, uno se pregunta ¿cuál es el motivo para esa nueva ley trayendo tantas limitaciones a las actividades de las organizaciones no gubernamentales (ONGs)? Cómo extranjera, los puntos más sobresalientes son los siguientes. Una primera preocupación es el hecho de que el gobierno, tras de esta propuesta ley, tiene la intención de limitar los campos de actividades de las ONGs. Aunque las ONGs en general manejan actividades en varios campos, frecuentemente ellos cubren las carencias dejadas por el gobierno, y de esa manera las ONGs juegan un rol importante o aun esencial en la sociedad. En el presente caso de la nueva ley, la posibilidad de poder seguir manejando actividades relacionadas con la democracia, la justicia y los derechos humanos está puesta en duda. Bajo esta nueva ley, para recibir financiamiento, las ONGs tienen que ser activas en las esferas identificadas por el gobierno. Aunque en el Artículo 4(2) la democracia y los derechos humanos están presentados como principios que dirigen el desarrollo de la cooperación internacional en Venezuela, no están explícitamente repetidas en el Artículo 9, el artículo enumerando una lista de ejes de la cooperación internacional en Venezuela. Segundo, la redistribución de financiamiento extranjero por medio de un fondo podría asfixiar o sofocar las organizaciones cuyas acciones no están ubicadas dentro de la lista de campos de actividades establecida por la ley. Por este mecanismo de redistribución, el gobierno tendría la discreción de decidir cuales organizaciones recibirán recursos. El gobierno podría controlar en que trabajan las ONGs, lo que podría restringir o frenar las actividades de varias organizaciones. El efecto será un vacio de actividades en esferas que están consideradas por el gobierno como amenazante. La idea de una ONG es que sea una organización autónoma y independiente del gobierno, y tras de esa ley la Asamblea Nacional va a crear una conexión o dependencia entre las ONGs y el gobierno que no existía anteriormente. Además, el fondo quitará la posibilidad a los donantes para escoger a sus donatarios de acuerdo a sus características. Del punto de vista de los donantes extranjeros, el hecho de que ellos no podrían especificar a cual organización su apoyo económico estará destinado, será un desincentivo para apoyar a las ONGs aquí en Venezuela. Eso afectaría de manera negativa a muchas organizaciones dependientes del financiamiento extranjero para llevar a cabo sus proyectos. Una tercera preocupación es la creación de un registro de ONGs. Bajo este registro, para ser otorgado la capacidad legal, las ONGs tendrían que cumplir con los requisitos establecidos por un Reglamento, el cual será redactado por el Presidente de la República. Dejar los criterios de tal decisión al nivel de un reglamento, deja un margen de discreción elevada en las manos del ejecutivo, lo cual constituye como hemos venido señalando un riesgo para la existencia de las ONG´s. Este tema debería estar directamente regulado en la ley, para incrementar transparencia, y evitar de dejar vacios que deban ser llenados por algún funcionario de manera discrecional. Además, bajo el sistema propuesta por el proyecto de ley, el ejecutivo podría cambiar posteriormente los requisitos para poder controlar cuales organizaciones beneficiarán de los fondos. Respecto al Registro, éste crea un otro nivel de administración a lo cual las ONGs tendrían que cumplir. Si el objetivo del gobierno tras de esa nueva ley es una mejor supervisión de las ONGs, es importante señalar que las ONGs ya están sometidas a reglamentación por ejemplo por el Código Civil, el Código Orgánico Tributario, Ley de Impuesto sobre la Renta, Ley Sobre Sucesiones, Donaciones y demás ramos conexos, Ley del Seguro Social, Ley del Trabajo y Código Penal, entre otras. Sus actividades no pueden ser ocultas; están registradas como organizaciones civiles, información económica está colectada cuando pagan impuestos, sueldos y gastos de funcionamiento. El gobierno ya tiene por medio de sus varios órganos la mayoría de la información solicitada. El hecho de que presentemente las ONGs pueden libremente solicitar y recibir financiamiento del extranjero, es esencial para garantizar su independencia y autonomía. Cuarto, un punto de mucha importancia, es que existe un desbalance entre la regulación hacia las ONG´s y la regulación de la función de Cooperante del Estado, ya que existe un desarrollo normativo significativo dentro de la ley (aún con los vacios), en cambio que la actividad de cooperación del Estado hacia el exterior, no se encuentra regulado, dejando su regulación a un reglamento. A nivel normativo, no se sabe a ciencia cierta si existirá la posibilidad de ejercer la contraloría social sobre la cooperación que otorga el Estado Venezolano. Uno de los efectos más importantes de la Ley de Cooperación Internacional en caso de ser aprobada, será de restringir el derecho de participar libremente y directamente en los asuntos públicos, un derecho garantizado por el Artículo 62 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Hay un gran peligro que varias organizaciones luchando por derechos humanos, justicia, y otros temas conexos, perderán su voz bajo este control aumentado y concentrado en las manos del ejecutivo. Eso sería en contra del derecho de poder asociarse libremente y de poder participar en la vida política del país. Sería también una contravención de los deberes de Venezuela bajo las convenciones de derechos humanos internacionales a las cuales el país está signatario. Por ejemplo, la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, de la ONU, en su Artículo 13 reconoce “que toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a solicitar, recibir y utilizar recursos con el objeto expreso de promover y proteger, por medios pacíficos, los derechos humanos y las libertades fundamentales”. Es importante destacar también, que algunos diputados ante la Asamblea Nacional han hecho declaraciones a medios de comunicación sobre la inminente aprobación de este instrumento legal, indicando que se está trabajando sobre la base de la ley aprobada en primera discusión, sin embargo, a la fecha, no se le ha dado la posibilidad de participar a los eventuales afectados, especialmente a las ONG´s.
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